Deducibilidad fiscal IVA soportado por compras de uva en cooperativas agrarias

Si bien el tratamiento contable y fiscal de las operaciones son cuestiones distintas, sin embargo, vamos a comparar ambos criterios. Contablemente la compra se devenga en el momento de la entrega del producto. Sin embargo, fiscalmente hay dos posibilidades, en función de que el socio esté o no acogido al Régimen Especial de Agricultura previsto en la ley de IVA.

Si quiere conocer nuestro punto de vista, por favor pique en el fichero adjunto:

DeducibilidaddeIVASoportadoComprasdeUva

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