El principio del devengo es definido por el Plan General de Contabilidad de la siguiente forma: “Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro”.
Si quiere conocer la aplicación practica de este principio, por favor pique sobre el fichero adjunto: